El secuestro de ‘La Cacica’ y otros horrores: La JEP imputa al Bloque Caribe de las Farc
La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) ha imputado a cinco excomandantes del Bloque Caribe de las extintas Farc por su responsabilidad determinante en la política sistemática de secuestros perpetrada en la región norte de Colombia durante el conflicto armado. Se les señala como máximos responsables de al menos 827 casos de privaciones ilegales de la libertad, muchos de los cuales incluyeron tortura, violencia sexual, desapariciones forzadas y asesinatos.
Esta decisión, tomada por la Sala de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad en el marco del Caso 01 (que investiga los secuestros de las Farc a nivel nacional), identifica al Bloque Caribe como uno de los principales focos de esta práctica criminal, responsable del 15% de las 4.213 víctimas acreditadas en todo el país.
Los excomandantes imputados son Abelardo Caicedo Colorado (Solís Almeida), Osmany Landero Rodríguez (Hernando González), Gilberto Giraldo Muñoz (Aldemar Altamiranda), Luis Cuadras Mejía (Leonardo Guerra) y Uriel Oviedo Salgado (Manuel Ortiz o Mañe). Todos ellos ocuparon altos cargos dentro del Bloque Caribe y estaban subordinados al Secretariado de las Farc, desde donde se ordenó la implementación del secuestro como política de financiamiento y control territorial.
La JEP determinó que estos exjefes tenían la capacidad de dar órdenes, supervisar su cumplimiento y sancionar a sus subalternos. A pesar de directrices internas sobre el “buen trato” a los secuestrados, se evidenció un incumplimiento sistemático que resultó en graves violaciones a los derechos fundamentales de las víctimas.
Los secuestros se llevaron a cabo en al menos seis departamentos de la región Caribe: Magdalena, Cesar, La Guajira, Sucre, Bolívar y Atlántico, especialmente en zonas rurales con fuerte presencia guerrillera como la Sierra Nevada de Santa Marta, la Serranía del Perijá, Montes de María y La Mojana. En estas áreas, el Bloque Caribe estableció corredores de movilidad y control armado con retenes ilegales (“pescas milagrosas”) como principal método para cometer secuestros extorsivos.
Se documentaron 49 de estos puntos ilegales, estratégicamente ubicados para interceptar vehículos y seleccionar a personas con alto poder adquisitivo, como ganaderos, empresarios, comerciantes, transportadores y profesionales.
Los rescates exigidos oscilaban entre uno y cinco millones de pesos, afectando gravemente la economía de las familias y generando endeudamiento y sufrimiento.
Los secuestros masivos impactaron de manera diferenciada a mujeres, comunidades campesinas e indígenas, cuyos líderes también fueron víctimas. El sector ganadero fue especialmente perseguido debido a su capacidad económica y a la estigmatización guerrillera que los señalaba como aliados del paramilitarismo, lo que generó desplazamiento, ruptura del tejido social y crisis humanitaria en varias zonas.
El informe destaca casos emblemáticos como el secuestro y asesinato de la exministra de Cultura Consuelo Araújo Noguera (“La Cacica”) en 2001 y el secuestro del exministro de Desarrollo, Fernando Araújo Perdomo, quien permaneció cautivo durante más de seis años.
La investigación de la JEP se basó en 72 versiones voluntarias de exintegrantes del Bloque Caribe, informes de la Fiscalía, organizaciones de derechos humanos, entidades estatales y testimonios de 56 víctimas. Estos relatos proporcionaron detalles cruciales sobre los métodos de secuestro, las condiciones de cautiverio y el trato inhumano.
La JEP concluyó que el secuestro se convirtió en la principal fuente de financiación del Bloque Caribe, especialmente ante la exigencia del Secretariado de una cuota anual de dos millones de dólares, obtenida mediante extorsiones y secuestros. La estructura incluso creó una “oficina de finanzas” dedicada a esta actividad.
Esta imputación se suma a otras ya realizadas contra el antiguo Secretariado de las Farc y comandantes de otros bloques por la política nacional de secuestros dentro del Caso 01. Los excomandantes del Bloque Caribe tienen 30 días para aceptar o rechazar los cargos. La aceptación les permitiría acceder a penas restaurativas, mientras que el rechazo podría conllevar sanciones de hasta 20 años de prisión ordinaria.