16 abril, 2026
Política

Corte Suprema llama a indagatoria al exsenador Eduardo Merlano por el escándalo de «Usted no sabe quién soy yo»

La Corte Suprema de Justicia anunció la apertura de una investigación contra el exsenador Eduardo Merlano por tráfico de influencias de servidor público, en el sonado caso de «Usted no sabe quién soy yo» ocurrido hace 9 años.

La Sala de Instrucción del alto tribunal lo llamó a indagatoria por usar su condición de congresista para que no inmovilizaran su carro pese a no llevar la licencia y además, negarse a la prueba de alcoholemia.

Se recuerda que por este escándalo de «Usted no sabe quién soy yo», la Procuraduría General de la Nación destituyó a Eduardo Merlano y lo inhabilitó por diez años para ejercer cargos públicos. Adicionalmente, el Consejo de Estado le decretó la pérdida de investidura.

Exactamente, el 16 octubre de 2012 La Procuraduría General de la Nación sancionó con destitución e inhabilidad general para ocupar cargos públicos por 10 años al entonces senador de la República Eduardo Carlos Merlano Morales, por haber influido en miembros de la Policía Metropolitana de Barranquilla, Atlántico, que efectuaron un procedimiento policivo en un puesto de alcoholemia, como en funcionarios que laboraban en el Centro Automático de Despacho, valiéndose de la investidura de senador de la República, para que no se continuara con el procedimiento preventivo de inmovilización del vehículo que él conducía.

Los hechos que se registraron el 13 de mayo de ese año en la capital del Atlántico probaron que Merlano Morales se negó a practicarse la prueba de alcoholemia requerida por los uniformados que consideraban que el servidor posiblemente estaba en estado de embriaguez, y a la inmovilización preventiva del vehículo, valiéndose de su condición de congresista.

El fallo proferido por la Sala Disciplinaria del ente de control le dio «credibilidad a las declaraciones de los uniformados que estuvieron en el centro de control, quienes confirmaron que en ningún momento maltrataron al senador, y más cuando tres videos que registraron los hechos así lo demuestran”, tal como lo argumentó la defensa en sus alegatos.

La Procuraduría determinó que según el artículo 5 del Estatuto Disciplinario, la falta cometida por el senador Merlano afectó el deber funcional sin que se haya demostrado causal alguna de justificación y se señala que dicha afectación fue sustancial, porque su comportamiento estuvo en contravía de los principios que rigen la función pública, como el influir en otros servidores públicos acudiendo a su investidura de senador de la República, haciendo que principios como la moralidad pública, la imparcialidad, la transparencia y la neutralidad se hayan visto seriamente afectados.

El Ministerio Público reconoció que el senador mostró diligencia y eficiencia en el desempeño del cargo y que fue muy “pertinente y sobresaliente haber procurado resarcir el daño por iniciativa propia al pedirle perdón al país, al pueblo colombiano, a la Policía Nacional y al general de la República Oscar Perez”, quien solicitó el retiro del servicio luego de los hechos objeto de la sanción disciplinaria, durante la audiencia efectuada el pasado 12 de julio en las instalaciones del Ministerio Público. De esta forma, tal criterio sirvió para que al disciplinado se le aplicara el término mínimo de Ley fijado como inhabilidad general contenido en el Estatuto Disciplinario para este tipo de infracciones.

La falta fue calificada como gravísima por tratarse de una de las tantas formas de indebida influencia establecidas por el legislador, y según el artículo 44 de la Ley 734 de 2002, se calificó a título de dolo. Con RSF

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